Hoy se ha publicado el nuevo plan con las condiciones de apertura en los establecimientos de hostelería con independencia de los niveles de restricción de cada ayuntamiento.
Habrá dos niveles, con posibilidad de uso de las barras, y un tercero, de seguridad.
El plan de ‘hostelería segura’ entra en vigor este miércoles, las barras de los bares abrirán en los establecimientos ubicados en el tipo 2 del nuevo modelo, que no depende de la incidencia de casos covid del municipio, sino que tiene que ver con las exigencias que se cumplan por parte de los locales. Los locales de tipo uno tendrán las siguientes condiciones y requisitos: interior al 50%, exterior al 75% de aforo; distancia de 1,5 metros entre mesas, exposición pública de aforos, medidor de CO2 con notificaciones como máximo cada 4 horas.
De esta forma, según recoge el protocolo, las barras podrán usarse de forma individual o con un máximo de dos personas por grupo siempre que sean convivientes, una condición que se impone por la mayor proximidad a los trabajadores en la interacción.
Las barras de los bares abrirán en los establecimientos ubicados en el tipo 2 del nuevo modelo, que no depende de la incidencia de casos covid del municipio, sino que tiene que ver con las exigencias que se cumplan por parte de los locales.
Los locales de tipo uno tendrán las siguientes condiciones y requisitos: interior al 50%, exterior al 75% de aforo; distancia de 1,5 metros entre mesas, exposición pública de aforos, medidor de CO2 con notificaciones como máximo cada 4 horas; mascarillas quirúrgicas para el personal; y dos horas de formación de protocolos covid para el personal.
A estos, se suma un tercer nivel, de seguridad, que solo será de aplicación cuando así lo decidan las autoridades sanitarias en situaciones extraordinarias por la gravedad de la situación epidemiológica y la ocupación asistencial.
Especialmente, según recoge el DOG bis, se incide en las condiciones de adecuada ventilación que velen por la calidad del aire interior, así como el establecimiento de un plan de control e inspección autonómico, en colaboración con las entidades locales.
Entre otras cuestiones, incide también en que deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre mesas o, de ser el caso, agrupación de mesas, con las limitaciones ya impuestas al número de personas.
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El Tribunal Supremo ha autorizado la petición de la Xunta de Galicia para poder requerir el certificado covid a los ciudadanos para acceder a interior de los locales de hostelería y de ocio nocturno en dicha comunidad. La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado finalmente el recurso presentado por la el Gobierno de Alberto Núñez Feijóo contra el auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que había rechazado esta medida el pasado mes de agosto.